Derecho de Separación de Socios, valor de las acciones y problemas cuando la sociedad, mientras se discute el valor, entra en concurso

Derecho de Separación de Socios, valor de las acciones y problemas cuando la sociedad, mientras se discute el valor, entra en concurso

Derecho de Separación de Socios, valor de las acciones y problemas cuando la sociedad, mientras se discute el valor, entra en concurso – se trata del análisis a la Sentencia de la Audiencia Provincial de la Coruña (Sección 4ª) de 15 de enero de 2018. Ejercido el derecho de separación por algún socio de una sociedad mercantil, este tiene derecho a que le paguen el valor de sus acciones o participaciones sociales. En el caso de que se discuta su valor, se puede solicitar que se nombre auditor que las valore y, naturalmente, se puede impugnar esa valoración. El problema surge cuando, mientras tarda esa discusión sobre el valor (y, llegados a los Juzgados, es muy probable que tarde), la sociedad entra en concurso. En este caso, ¿en qué posición queda el socio que ejerció anteriormente su derecho de separación? Su derecho al valor de las acciones/parts sociales queda como crédito subordinado u ordinario, o sea, ¿solo cobraría – tal como los demás socios – una vez que los demás acreedores viesen sus créditos satisfechos y sobrase activo en la sociedad? o sería visto como otro acreedor más? La SAP Coruña entiende que se trata de un crédito ordinario.