Formas de despido en el Derecho peruano

Formas de despido en el Derecho peruano

¿Cuáles son las formas de despido laboral?
El contrato laboral puede cesar por dos motivos, uno por el desistimiento del trabajador y el otro por el despido motivado de la empresa. Esta última causa suele generar en determinadas ocasiones innumerables problemática, entorno a la forma y motivos de la decisión acordada por parte de la empresa, por cuanto debemos atender a las formas del despido:

El despido legal, se llama a aquel que reconoce la ley al cumplir los requisitos que establece la misma, para decretar conforme a derecho la voluntad manifestada por el empresario de cesar en la relación laboral al trabajador. Siempre y cuando queden suficientemente acreditados los motivos alegados por la empresa para extinguir el contrato de trabajo.
Esta modalidad de despido no faculta al trabajador para poder adquirir indemnización alguna.

El despido arbitrario que puede ser diferente según sea:
– Incausado, cuando la empresa emita el cese del trabajador mediante la correspondiente carta de despido, sin alegar causa alguna.
– Injustificado, en este caso si alude la empresa a una causa que motiva el la decisión de extinguir la relación labora, pero la misma no se encuentra justificada, al no hallar conformidad a la voluntad de la empresa, decreta por vía judicial.

Despido nulo, es cuando la actuación que lleva a la empresa a decidir sobre el futuro laboral del trabajador dentro de la empresa, atenta a los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución a los trabajadores.

Despido fraudulento, es la decisión basada en el engaño o alteración de pruebas para su configuración.

Despido de hecho, se denomina así aquel acto de hostilidad por parte de la empresa, que lleva al trabajador a una situación insostenible y que la ley lleva a equiparar como actos encaminados al despido, como son:
a)La falta de pago de la remuneración en la oportunidad correspondiente, salvo razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por el empleador;

b) La reducción de la categoría y de la remuneración. Asimismo, el incumplimiento de requisitos objetivos para el ascenso del trabajador.

c) El traslado del trabajador a lugar distinto de aquel en el que preste habitualmente servicios, con el propósito de ocasionarle perjuicio;

d ) La inobservancia de medidas de higiene y seguridad que pueda afectar o poner en riesgo la vida y la salud del trabajador;

e) El acto de violencia o el falta grave de palabra del trabajador o de su familia;

f) Los actos de discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión, idioma, discapacidad o de cualquier otra índole;

g) Los actos contra la moral y todos aquellos que afecten la dignidad del trabajador.»

h) La negativa injustificada de realizar ajustes razonables en el lugar de trabajo para los trabajadores con discapacidad.

¿Cuáles son los requisitos que se deben dar para que un despido sea procedente?

Para que la voluntad unilateral de la empresa se encuentre conforme a los requisitos establecidos en la ley, debe cumplir las siguientes exigencias:
1- El despido debe ser comunicado por escrito, mediante una carta, indicando la razón dada para la acción.
2- El empleador no puede alegar motivos distintos de los mencionados en la carta de despido.
3- Tiene que haber una razón válida prescrita por ley y debidamente justificada que pueda relacionarse con su capacidad o su conducta.
4- La duración del plazo de preaviso depende de la razón para el despido. Este es:
o 6 días si un trabajador es despedido por mala conducta;
o 30 días si un trabajador es despedido por falta de capacidad para llevar a cabo el trabajo
o No se proporciona un plazo de preaviso en caso de falta grave.

 

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